La presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, / EFE
La presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, / EFE
Ya es oficial en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La agenda LGTBI ya se impone en la comunidad que gobierna Susana Díaz.
“La diversidad sexogenérica es una realidad patente que está transformando a gran velocidad las formas tradicionales de entender las sexualidades, las identidades y los derechos que lleva aparejados. Esta transformación está alcanzando una veloz y progresiva aceptación y reconocimiento social, lo que obliga a las instituciones a regular esta nueva realidad”, dice el texto.
Y para quien no quiera aceptar esa veloz y progresiva aceptación y reconocimiento social, la Junta ya ha establecido el precio a pagar:
Para la Junta, la diversidad sexogenérica está transformando las formas tradicionales de entender las sexualidades y las identidades, y las instituciones deben regularlo
1. Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de hasta 6.000 euros.
2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 6.001 hasta 60.000 euros.
3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 60.001 hasta 120.000 euros.
Dentro de las primeras, la infracciones leves nos encontramos con las siguientes:
– “Utilizar o emitir expresiones vejatorias por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género o que inciten a la violencia contra las personas LGTBI o sus familiares, en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas o a través de las redes sociales”.
Esto qué puede significar: que, por ejemplo, el Padre Custodio, por decir que la homosexualidad es un pecado -la acción, no el ser homosexual-, podría recibir esa sanción.   
El padre Custodio Ballester, párroco de la Inmaculada Concepción de L'Hospitalet.
El padre Custodio Ballester, hasta hace poco párroco de la Inmaculada Concepción de L’Hospitalet.
– “No facilitar la labor o negarse parcialmente a colaborar con la acción investigadora de los servicios de inspección de la Junta de Andalucía”.
Las infracciones graves serían las siguientes:
– “Utilizar o emitir, de forma reiterada, expresiones vejatorias por razón de orientación sexual, identidad sexual o expresión de género o que inciten a la violencia contra las personas LGBTI o sus familias, en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas o a través de las redes sociales”.
– “La realización de campañas de publicidad o anuncios que utilicen la imagen de miembros del colectivo LGTBI o sus familiares de manera discriminatoria o vejatoria o justifiquen o inciten a la violencia”.
– “La no retirada inmediata por parte del prestador de un servicio de la sociedad de la información de expresiones vejatorias o de incitación a la violencia por razón de identidad sexual o expresión de género contenidas en sitios web o redes sociales de las que sea responsable, una vez tenga conocimiento efectivo del uso de esas expresiones”.
El Ayuntamiento de Pamplona obliga a HazteOir.org a borrar su logo del autobús para poder circular. / M.C. - Actuall
El Ayuntamiento de Pamplona obliga a HazteOir.org a borrar su logo del autobús para poder circular. / M.C. – Actuall
Es decir, que de una manera u otra, la Junta intentaría sancionar a HazteOir.org con multas de entre 6.000 y 60.000 euros por el autobús que recorrió España. Y estirando, podría inclinarse por una sanción muy grave, de hasta 120.000 euros. Estos serían los casos:
– “Adoptar comportamientos agresivos o constitutivos de acoso, realizados en función de la orientación o identidad sexogenérica de una persona, que tengan el propósito o produzcan el efecto de atentar contra su dignidad, creando un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo para la misma”.
“La Consejería de Educación no suscribirá conciertos administrativos con aquellos centros que en su ideario planteen algún tipo de discriminación”, afirma la ley
– “Promover, justificar u ocultar por cualquier medio la discriminación hacia las personas LGTBI o sus familiares, negando la naturaleza de la diversidad sexual e identidad de género”.
– “Promover, difundir o ejecutar por cualquier medio cualquier tipo de terapia para modificar la orientación sexual y la identidad de género con el fin de ajustarla a un patrón heterosexual y/o bisexual”.
La página web de Elena Lorenzo, recoge testimonios de personas que han dejado atrás su homosexualidad.
En este caso, la coach Elena Lorenzo, por tratar de ayudar a los que se sienten gays y quieren dejar de serlo, le caerían 120.000 euros de sanción.
Pero todas estas medidas afectarán especialmente a uno sectores: sanidad, educación y medios de comunicación.
Los trabajadores en hospitales, todos los colegios -incluidos los concertados y privados-, y los medios de comunicación deberán someterse a la agenda LGTB y a la ideología de género, conscientes de que si no lo hacen, el riego de subvenciones públicas por parte de la junta a los medios se cerraría, y que los conciertos con las escuelas no se suscribirán de nuevo.
Los medios públicos o que perciban subvenciones deberán fomentar la concienciación de la inclusión social y el respeto a la diversidad sexual e identidad de género
En el caso de los medios de comunicación, deberán “fomentar la concienciación, divulgación y transmisión de la inclusión social y el respeto a la diversidad sexual e identidad de género”.
Además, la propia Comunidad se convertirá en guardiana ya que velará para que los medios de comunicación adopten, mediante autorregulación, códigos deontológicos que incorporen el respeto a la igualdad.
En el ámbito educativo, “la Administración de la Junta de Andalucía, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas necesarias para transformar los contenidos educativos”. Además, “los planes educativos deberán contemplar pedagogías adecuadas para el reconocimiento y respeto de los derechos de las personas que se reconocen LGTBI” y “la Consejería competente en materia de educación no suscribirá conciertos administrativos con aquellos centros que en su ideario planteen algún tipo de discriminación”.
Finalmente, en Sanidad, los menores transexuales tendrán derecho “a recibir tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad” y “a recibir tratamiento hormonal cruzado en el momento adecuado de la pubertad para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad, a fin de propiciar el desarrollo de los caracteres sexuales secundarios deseados”.
El texto incluso toca aspectos como la modificación genital de bebés: “El sistema sanitario público de Andalucía velará para que las prácticas de modificación genital en bebés recién nacidos no atiendan únicamente a criterios quirúrgicos en un momento en el que se desconoce cuál es la identidad real de la persona intersexual recién nacida”.