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lunes, 4 de julio de 2016

DEUTERONOMIO


Capítulo 17
1 No sacrificarás al Señor, tu Dios, ningún animal del ganado mayor o menor que tenga un defecto o cualquier clase de imperfección, porque eso es una abominación para el Señor, tu Dios.
2 Si en medio de ustedes, en una de las ciudades que el Señor, tu Dios, te dará, hay un hombre o una mujer que hace lo que es malo a los ojos del Señor, tu Dios, y quebranta su alianza.
3 porque va a servir a otros y a postrarse delante de ellos –delante del sol, la luna o todo el Ejército del cielo– contrariamente a lo que yo te he mandado.
4 y el hecho llega a tu conocimiento, realiza una minuciosa investigación. Y si es verdad que la cosa es así, que se ha cometido semejante abominación en Israel.
5 saca a las puertas de tu ciudad al hombre o a la mujer que hayan cometido ese delito, y apedréalos hasta que mueran.
6 Para que alguien sea condenado a muerte se requiere el testimonio de dos o más testigos. Nadie será condenado a muerte en base al testimonio de uno solo.
7 Los testigos serán los primeros en levantar la mano contra él para hacerlo morir, y después todo el pueblo hará lo mismo. Así harás desaparecer el mal de entre ustedes.
Los jueces levitas
8 Si te resulta demasiado difícil juzgar un pleito por homicidio, por reclamación de derechos, por lesiones. o cualquier otra causa que se haya suscitado en tu ciudad, subirás hasta el lugar que el Señor, tu Dios, elija,
9 y te presentarás a los sacerdotes levitas y al juez en ejercicio. Tú les expondrás el caso, y ellos te harán conocer la sentencia.
10 Deberás ajustarte a lo que ellos te digan en el lugar que elija el Señor, tu Dios, procediendo en todo conforme a sus instrucciones.
11 Procedentes de acuerdo con la decisión que ellos tomen y con la sentencia que pronuncien, sin apartarse de lo que ellos te indiquen ni a la derecha ni a la izquierda.
12 El que abre presuntuosamente, desoyendo al sacerdote que está allí para servir al Señor, tu Dios, o al juez, ese hombre morirá. Así harás desaparecer el mal de Israel.
13 Y cuando el pueblo se entere, sentirá temor y dejará de obrar con presunción.
Los reyes
14 Cuando entres en el país que el Señor, tu Dios, te dará, cuando lo tomes en posesión y vivas en él, si alguna vez dices: «Voy a poner un rey para que me gobierne, como todas las naciones que están a mi alrededor»,
15 pondrás un rey elegido por el Señor, tu Dios, que pertenezca a tu mismo pueblo. No podrás someterte a la autoridad de un extranjero, de alguien que no pertenezca a tu pueblo.
16 El rey no deberá tener muchos caballos ni hacer que el pueblo regrese a Egipto, con el pretexto de aumentar su caballería; porque el Señor, tu Dios, ha dicho: «No regresen nunca más por ese camino».
17 Tampoco tendrá muchas mujeres, para que su corazón no se desvíe, ni acumulará oro y plata en cantidad excesiva.
18 Cuando tome posesión del trono real, hará escribir en un libro, para su uso personal, una copia de esta Ley, conforme al texto que conservan los sacerdotes levitas.
19 La tendrá a su lado y la leerá todos los días de su vida, para que aprenda a temer al Señor, su Dios, observando todas las palabras de esta Ley y poniendo en práctica estos preceptos.
20 De esa manera, no se sentirá superior a sus hermanos, y no se apartará de estos mandamientos, ni a la derecha ni a la izquierda. Así prolongarán los días de su reinado, él y sus hijos, en medio de Israel.

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