CAPÍTULO 15
1 Al cabo de los siete años harás remisión.
2 Y ésta es la manera de la remisión:
perdonará a su deudor todo aquél que hizo empréstito de su mano, con que adeudó
a su prójimo; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano; porque la
remisión del SEÑOR es pregonada.
3 Del extranjero demandarás el reintegro; mas lo que
tu hermano tuviere tuyo, lo soltará tu mano,
4 para que así no haya en ti mendigo; porque el
SEÑOR te bendecirá con abundancia en la tierra que Dios te da por heredad para
que la poseas,
5 si empero escuchares fielmente la voz del SEÑOR tu
Dios, para guardar y cumplir todos estos mandamientos que yo te mando hoy.
6 Ya que el SEÑOR tu Dios te habrá bendecido,
como te ha dicho, prestarás entonces a muchos gentiles, mas tú no
tomarás prestado; y te enseñorearás de muchos gentiles, pero de ti no se
enseñorearán.
7 Si hubiere en ti mendigo de entre tus
hermanos en alguna de tus ciudades, en tu tierra que el SEÑOR tu Dios te da, no
endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano a tu hermano mendigo.
8 Mas abrirás a él tu mano liberalmente, y le prestarás
todo lo que necesite en lo que hubiere menester.
9 Guárdate que no haya en tu corazón perverso
pensamiento, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión; y
tu ojo sea maligno sobre tu hermano menesteroso para no darle; porque él
clamará contra ti al SEÑOR, y te será por pecado.
10 Sin falta le darás, y no sea tu corazón maligno
cuando le dieres; que por ello te bendecirá el SEÑOR tu Dios en todos tus
hechos, y en todo lo que pusiereis mano.
11 Porque no faltarán menesterosos de en medio de la
tierra; por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, a tu
pobre, y a tu menesteroso en tu tierra.
12 Cuando se vendiere a ti tu hermano hebreo o
hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo año le enviarás de ti libre.
13 Y cuando lo enviares de ti libre, no lo enviarás
vacío.
14 Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu
era, y de tu lagar; le darás de aquello en que el SEÑOR te hubiere
bendecido.
15 Y te acordarás que fuiste siervo en la tierra de
Egipto, y que el SEÑOR tu Dios te rescató; por tanto yo te mando esto hoy.
16 Y será que, si él te dijere: No saldré de
contigo; porque te ama a ti y a tu casa, que le va bien contigo;
17 entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja
junto a la puerta, y será tu siervo para siempre; así también harás a tu
criada.
18 No te parezca duro cuando le enviares libre de
ti; que por la mitad del costo del jornalero te sirvió seis años; y el SEÑOR tu
Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.
19 Santificarás al SEÑOR tu Dios todo primerizo
macho que nacerá de tus vacas y de tus ovejas; no te sirvas del primerizo de
tus vacas, ni trasquiles el primerizo de tus ovejas.
20 Delante del SEÑOR tu Dios los comerás cada año,
tú y tu casa, en el lugar que el SEÑOR escogiere.
21 Y si hubiere en él tacha, si fuere ciego o
cojo, o hubiere en él cualquier falta maligna, no lo sacrificarás al
SEÑOR tu Dios.
22 En tus poblaciones lo comerás; el inmundo lo
mismo que el limpio comerán de él, como de un corzo o de un ciervo.
23 Solamente que no comas su sangre; sobre la tierra
la derramarás como agua.
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